Seguro que te suena la escena: un mes complicado, la cuenta se queda en «números rojos» o te pasas del límite de tu póliza de crédito, y de repente aparecen dos cargos distintos: los intereses de demora y una «comisión por exceso o descubierto».
Hasta ahora, muchas entidades financieras se defendían diciendo que las empresas y autónomos no tenían las mismas protecciones que un particular. Pero tenemos grandes noticias: el Tribunal Supremo ha dictado una sentencia clave que prohíbe esta práctica también para los profesionales.
El «doble castigo» bancario ya es nulo
La justicia es clara: el banco no puede cobrarte dos veces por el mismo servicio. Si ya te están aplicando un interés de demora (que suele ser muy alto), no pueden sumarle además una comisión por exceso (por ejemplo, del 4,5%).
¿Por qué es nulo? Porque la ley establece que las comisiones bancarias solo pueden cobrarse si responden a un servicio real prestado al cliente y son gastos que el banco ha realizado efectivamente.
En el caso de un descubierto, el «servicio» es el préstamo de ese dinero extra. Si el banco ya te cobra intereses por ello, la comisión adicional no tiene una causa real. Es, simplemente, cobrarte dos veces por el mismo concepto.
Lo que esta sentencia significa para tu Pyme o negocio
Esta decisión del Alto Tribunal es fundamental por tres razones:
- Adiós a la discriminación: No importa que seas una sociedad limitada o un autónomo. La protección contra los cobros duplicados se aplica igual que si fueras un consumidor.
- Recuperación de dinero: Se abre la puerta a revisar las liquidaciones de tus cuentas y reclamar aquellas comisiones cobradas indebidamente en el pasado.
- Justicia financiera: El Supremo confirma que un mismo servicio no puede retribuirse bajo dos conceptos distintos, aunque el banco les ponga nombres diferentes.
Nota para el lector: Esta nulidad se aplica cuando los intereses de demora y la comisión se solapan sobre las mismas cantidades y en el mismo periodo de tiempo.
¿Cómo saber si puedes reclamar?
Revisar los extractos bancarios y las pólizas de crédito puede ser un proceso complejo. En nuestra gestoría, ayudamos a nuestros clientes a analizar sus liquidaciones y a gestionar la reclamación de estos importes ante su entidad financiera.
Si has visto cargos por «comisión de excedido» o «comisión por descubierto» junto a intereses de demora, es el momento de actuar.
¿Te ayudamos a revisar tus cuentas bancarias? Envíanos un mensaje o llámanos. Analizaremos tu caso para ver si tu banco te ha aplicado estos cobros injustos y te ayudaremos a recuperar tu dinero.
Referencia legal y más información: Puedes consultar los detalles de la Sentencia del Tribunal Supremo nº 1875/2025 (Recurso 7716/2021) dictada el 17 de diciembre de 2025.
