Campaña de Renta y Patrimonio 2025: Guía de novedades y gestión en Madrid

Tras la publicación de la Orden Ministerial en el BOE, ya conocemos las reglas del juego para la Campaña de la Renta y el Patrimonio 2025 (que se liquida en 2026). Este año, el calendario viene marcado por un inicio ligeramente retrasado debido a la Semana Santa y por ajustes fiscales muy específicos que pueden marcar la diferencia en el resultado de tu declaración.

Desde nuestra Asesoría en Madrid, hemos preparado este resumen completo para que no se te pase ningún plazo y puedas aprovechar todas las deducciones vigentes.


Calendario y Plazos de la Renta 2025 (Campaña 2026)

Para evitar sustos de última hora y recargos por parte de la Agencia Tributaria, te dejamos las fechas clave que debes marcar en rojo en tu calendario:

Hito de la Campaña Renta 2025Fecha Límite
Inicio de presentaciones (Borrador)8 de abril de 2026
Límite para solicitar domiciliación bancaria25 de junio de 2026
Fin de la Campaña de Renta y Patrimonio30 de junio de 2026
Pago del segundo plazo (si decides fraccionar)5 de noviembre de 2026

Nota importante sobre la gestión: Siguiendo la tónica de los últimos años, la vía principal y obligatoria de presentación sigue siendo a través de medios electrónicos.

Principales Novedades Fiscales que debes conocer

Este año los modelos tributarios traen casillas nuevas y adaptaciones a normativas recientes. Estas son las más destacadas:

Nuevas deducciones por Eficiencia Energética y Vehículos Eléctricos

  • Coche eléctrico y puntos de recarga: Se prorroga durante todo el ejercicio 2025 la deducción por la adquisición de vehículos eléctricos «enchufables» y de pila de combustible, así como la instalación de sistemas de recarga.
  • Obras en viviendas: Se mantiene la aplicación de las deducciones por obras de mejora de la eficiencia energética en las viviendas habituales para las cantidades satisfechas durante 2025.

Cambios para Autónomos en Estimación Directa

Si eres trabajador por cuenta propia, la campaña trae dos novedades de gestión muy útiles:

  1. Volcado de libros: Se mantiene la opción de trasladar directamente los importes de tus libros de registro oficiales a las casillas de la declaración (siempre que uses el formato estándar de la AEAT).
  2. Cuotas de la Seguridad Social: Se añaden casillas específicas para facilitar la regularización de las cotizaciones del nuevo sistema de autónomos por ingresos reales.

Reducciones para el Sector Artístico y Perceptores del SMI

  • Protección al Salario Mínimo: Con efectos desde el 1 de enero de 2025, se aplica una deducción para rentas del trabajo inferiores a 18.276 € anuales. Esto garantiza que quienes cobren el SMI (16.576 €) no soporten retenciones ni gravamen por este impuesto.
  • Artistas: Se introduce una reducción del 30% para rendimientos del trabajo o actividades económicas de carácter artístico obtenidos de forma excepcional y que superen la media de los tres años anteriores.

Inversiones y situaciones territoriales

  • Se crea un apartado específico para facilitar la declaración de operaciones de compraventa de participaciones en fondos cotizados y SICAV.
  • En el plano territorial, se prorroga la deducción para los residentes en la Isla de La Palma y se actualizan los incentivos de la reserva de inversiones en Baleares y Canarias (incluyendo el alquiler de vivienda).
  • En el Impuesto sobre el Patrimonio, se adapta el modelo para que los no residentes (obligación real) puedan aplicar el límite de la cuota íntegra igual que los residentes.

Preguntas Frecuentes sobre la Renta 2025 (FAQs)

¿Quiénes están obligados a declarar en esta campaña?

El límite general no cambia sustancialmente, pero este año destaca la nueva deducción para rentas del trabajo inferiores a 18.276 € anuales pensada para que los perceptores del Salario Mínimo Interprofesional queden libres de tributación.

¿Puedo deducirme el cargador del coche eléctrico que instalé en 2025?

El límite general no cambia sustancialmente, pero este año destaca la nueva deducción para rentas del trabajo inferiores a 18.276 € anuales pensada para que los perceptores del Salario Mínimo Interprofesional queden libres de tributación.

¿Puedo deducirme el cargador del coche eléctrico que instalé en 2025?

Sí. El programa de incentivos prorrogó un año más las deducciones tanto para la compra de vehículos eléctricos «enchufables» como para las instalaciones de los puntos de recarga efectuadas durante el año 2025.

¿Cómo afecta la nueva regulación a las ganancias por criptomonedas o fondos?

La Agencia Tributaria sigue estrechando el cerco. Para esta campaña se ha mejorado el desglose de las ganancias y pérdidas por juegos y se ha habilitado un apartado mucho más intuitivo y específico para las acciones de fondos cotizados y SICAV.


¿Por qué hacer la Renta con nuestra Asesoría en Madrid?

El borrador de Hacienda no siempre contiene todas las deducciones autonómicas o estatales a las que tienes derecho (especialmente las relativas a alquileres, eficiencia energética o situaciones familiares). Un simple error u omisión puede hacerte perder dinero o exponerte a una futura paralela.

En AdarveyEscudero analizamos tu caso al detalle:

  • Aplicamos todas las deducciones posibles para que pagues lo justo.
  • Nos aseguramos de cumplir con los complejos requisitos de las obras de vivienda o vehículos.
  • Te evitamos dolores de cabeza con la plataforma de la AEAT.

[Orden HAC/277/2026 (Modelos de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio, ejercicio 2025) (BOE de 27 de marzo de 2026)]

¿Qué papeles necesito para la Renta 2025?

Para que podamos aplicar todas las deducciones y presentar tu declaración sin errores, prepara los siguientes documentos:

1. Datos Personales y Familiares

  • [ ] DNI/NIE original o copia (y de los miembros de la unidad familiar).
  • [ ] Libro de familia (si ha habido nacimientos o cambios en 2025).
  • [ ] Certificado de discapacidad (si tú o algún familiar a cargo tiene una minusvalía reconocida).

2. Rendimientos del Trabajo y Actividades

  • [ ] Certificado de retenciones e ingresos (facilitado por tu empresa).
  • [ ] Certificado de desempleo (si has cobrado el paro o ERTE en 2025).
  • [ ] Autónomos: Resumen anual de ingresos y gastos (libros registro) y justificantes de las cuotas de la Seguridad Social (RETA).

3. Vivienda y Bienes Inmuebles

  • [ ] Vivienda habitual: Referencia catastral y, si tienes hipoteca anterior a 2013, recibos del préstamo.
  • [ ] Alquiler (Inquilinos): Contrato de arrendamiento, DNI del casero y justificantes de los pagos mensuales (para deducciones autonómicas).
  • [ ] Alquiler (Propietarios): Justificantes de ingresos y gastos deducibles (IBI, comunidad, seguros, reparaciones).
  • [ ] Eficiencia Energética: Certificados energéticos (antes y después de la obra) y facturas de las reformas realizadas en 2025.

4. Inversiones y Otros Ingresos

  • [ ] Certificados bancarios: Intereses de cuentas, depósitos o dividendos.
  • [ ] Venta de acciones o fondos: Fechas y valores de compra y de venta.
  • [ ] Criptomonedas: Listado de operaciones y saldos en exchanges a 31 de diciembre.
  • [ ] Vehículos eléctricos: Factura de compra y justificante de la ayuda (Plan Moves III) si se ha solicitado.

5. Donativos y Cuotas

  • [ ] Certificados de donativos a ONGs o fundaciones.
  • [ ] Cuotas sindicales o de colegios profesionales (si son obligatorios).
  • [ ] Planes de pensiones: Certificado de las aportaciones realizadas.

Cómo enviarnos la documentación

Para agilizar el proceso, puedes enviarnos estos documentos escaneados o en PDF a través de nuestro Correo electrónico: renta@adarveyescudero.com

Si prefieres traerlos en mano, por favor, solicita Cita Previa llamando al 91 776 61 42.