El Gobierno aplaza hasta 2027 la implantación obligatoria de la facturación electrónica

El Gobierno ha aprobado una nueva prórroga para la entrada en vigor de la facturación electrónica obligatoria, extendiendo el plazo hasta 2027. Se trata de la segunda ampliación del calendario inicialmente previsto en el denominado Reglamento Verifactu, motivada por la necesidad de adaptar los sistemas informáticos de facturación y garantizar una implantación homogénea en todas las empresas y profesionales.

La obligación debía aplicarse a partir del 1 de enero de 2026 para los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades no acogidos al Suministro Inmediato de Información (SII). Sin embargo, ante la inminencia de esta fecha y las dificultades técnicas detectadas, el Ejecutivo ha decidido aprobar una extensión adicional mediante el Real Decreto-ley 15/2025, publicado en el BOE del 3 de diciembre de 2025.

Esta medida se suma a la primera prórroga recogida en el Real Decreto 254/2025, que ya había retrasado la implantación para acompasar el desarrollo técnico y normativo. No obstante, el Gobierno señala que aún persisten circunstancias que justifican un nuevo aplazamiento, entre ellas la necesidad de una adaptación más amplia de los sistemas informáticos y el objetivo de asegurar un despliegue ordenado en todo el tejido empresarial.

Nuevo calendario definitivo

El Real Decreto-ley 15/2025 establece las siguientes fechas límite:

  • Contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades (salvo entidades exentas o parcialmente exentas por rentas no sujetas):
    1 de enero de 2027
  • Resto de obligados tributarios (autónomos, profesionales y otros contribuyentes):
    1 de julio de 2027
  • Productores y comercializadores de software de facturación:
    → Mantienen el plazo de nueve meses desde la entrada en vigor de la Orden HAC/1177/2024, aunque deberán estar plenamente adaptados antes de las nuevas fechas límite.

El Gobierno justifica esta extensión mediante el mecanismo de real decreto-ley, amparándose en razones de extraordinaria y urgente necesidad, con el fin de garantizar la correcta implantación del nuevo sistema de facturación electrónica en todo el ámbito empresarial.

[Real Decreto-ley 15/2025 (Modifica el Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento que establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación de empresarios y profesionales, y la estandarización de formatos de los registros de facturación)