Campaña Sociedades 2024: novedades en la tributación del impuesto y en el modelo de declaración

Adaptaciones normativas en el modelo de declaración
El modelo de declaración del Impuesto sobre Sociedades para 2024 se ha ajustado a múltiples modificaciones legales, muchas de ellas ajenas a la ley del impuesto original. Esto incluye la incorporación de nuevos tributos, ajustes en límites fiscales y medidas derivadas de leyes declaradas inconstitucionales, como el RDLey 3/2016, que ha sido reintroducido en forma legal por la Ley 7/2024.

Cambios para grandes empresas y nuevos impuestos
La Ley 7/2024 establece que los gastos relacionados con el Impuesto Complementario no son deducibles. También introduce un nuevo tributo sobre márgenes de interés y comisiones para ciertas entidades financieras, que tampoco es deducible. Para empresas con facturación de al menos 20 millones de euros, se limitan las compensaciones de bases imponibles negativas y deducciones por doble imposición.

Reversión de pérdidas y consolidación fiscal
Se reintroduce la obligación de revertir, en tres años, pérdidas por deterioro de participaciones deducidas antes de 2013. Además, se prorroga la limitación del 50% a la integración de bases imponibles negativas en grupos consolidados, con un reparto obligatorio de las bases no integradas en 2023 durante los siguientes diez ejercicios.

Incentivos fiscales para vehículos eléctricos
El RDLey 4/2024 reemplaza la amortización acelerada por amortización libre para vehículos eléctricos y puntos de recarga en 2024 y 2025. También se refuerza la reserva de capitalización: el porcentaje de reducción pasa del 10% al 15% y se acortan los plazos de mantenimiento y disponibilidad de fondos de cinco a tres años.

Fomento de energías renovables y reforma del REF canario
Se prorroga la libertad de amortización para inversiones en instalaciones de autoconsumo con energías renovables, condicionada al mantenimiento del empleo. También se eliminan los límites temporales para algunos incentivos fiscales del Régimen Económico y Fiscal (REF) de Canarias, incluyendo la posibilidad de dotar la RIC con beneficios obtenidos después de 2023.

Nuevas limitaciones en deducibilidad de gastos financieros
La Ley 13/2023 excluye del beneficio operativo aquellos elementos que no se integren en la base imponible. Esto afecta especialmente a determinados fondos de titulización, y ha requerido ajustes en el modelo de declaración para calcular correctamente los límites de deducción de gastos financieros según el artículo 16 de la Ley IS.

Mejoras para entidades sin fines lucrativos y el mecenazgo
El RDLey 6/2023 amplía las actividades exentas en el sector no lucrativo e introduce mejoras en los beneficios fiscales por donaciones. Se elevan los porcentajes de deducción (hasta el 50%), se reduce el periodo para acceder al beneficio fiscal por fidelización de donantes, y se incluyen las cesiones gratuitas de uso como donaciones deducibles.

Desarrollo del régimen fiscal especial de Illes Balears
El Reglamento aprobado por el RD 710/2024 establece detalles para la reserva de inversiones y para el régimen especial de sectores como la pesca y la construcción naval. Además, se crea el modelo 283, una declaración informativa anual sobre las ayudas fiscales recibidas bajo este régimen, que debe acompañar a la declaración del Impuesto sobre Sociedades.

Cambios en la información a declarar
El modelo 200 incorpora nuevas secciones para recoger información adicional sobre titulares reales, sociedades civiles, cooperativas y grandes empresas. También se incluye un nuevo cuadro para la reversión de deterioros, se adapta el apartado de gastos financieros y se perfecciona el tratamiento de deducciones, especialmente en Canarias.

Novedades en autoliquidación y presentación
Se introduce la figura de la autoliquidación rectificativa, que sustituye al sistema anterior de autoliquidación complementaria y solicitud de rectificación, permitiendo modificar declaraciones sin esperar resolución. Además, el modelo 200 solo podrá presentarse por vía electrónica, y se amplía la modalidad de pago con tarjeta o BIZUM, facilitando el cumplimiento tributario.

[Orden HAC/657/2025 (Modelos de declaración del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes correspondiente a establecimientos permanentes y a entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español, para los períodos impositivos iniciados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024, se dictan instrucciones relativas al procedimiento de declaración e ingreso y se establecen las condiciones generales y el procedimiento para su presentación electrónica) (BOE de 24 junio de 2025)]