Las empresas españolas se enfrentan a nuevas exigencias para la presentación de sus cuentas anuales en el Registro Mercantil. Dos resoluciones recientes de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, publicadas el 3 de junio de 2025, establecen modificaciones clave en los modelos de presentación, buscando una mayor precisión en la información y ofreciendo un respiro a las compañías afectadas por las pérdidas de la pandemia.
Más Control: IRUS y CNAE 2025
Entre las principales novedades, se incorpora la obligatoriedad de incluir el Identificador Registral Único de la Sociedad (IRUS), un código de asignación automática que facilitará el seguimiento de las operaciones de las entidades. Además, se introduce el nuevo código de actividad CNAE de 2025, una actualización destinada a mejorar la calidad de los datos estadísticos a disposición de las autoridades públicas.
Flexibilidad por el COVID-19: Reformulación de Cuentas
En un esfuerzo por mitigar los efectos de la pandemia, el reciente Real Decreto-ley 4/2025 permite a las empresas no considerar las pérdidas de los ejercicios 2020 y 2021 a efectos de la causa de disolución por pérdidas. Esto significa que las sociedades que hayan formulado y aprobado sus cuentas anuales antes de la entrada en vigor de esta ley podrán reformularlas en el plazo máximo de un mes para excluir estas pérdidas. Los administradores deberán dejar constancia de esta reformulación en la certificación de aprobación de las cuentas.
Cuentas Consolidadas en Formato Electrónico Único
Para los grupos empresariales obligados a presentar cuentas anuales consolidadas, se facilita la opción de hacerlo en formato electrónico único europeo (ESEF), especialmente si aplican las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC/NIIF). Esto se realizará a través de un fichero que cumpla con la Taxonomía XBRL del formato ESEF, publicada por la European Securities and Markets Authority (ESMA).
Estas nuevas obligaciones y previsiones serán de aplicación obligatoria para todas las cuentas anuales formuladas y aprobadas que se presenten en el Registro Mercantil a partir del 4 de junio de 2025. El objetivo es modernizar y hacer más eficiente el proceso de presentación, al tiempo que se ofrece un marco más flexible para las empresas en el actual contexto económico.
